Es un beneficio tanto para empresas neuquinas como no neuquinas de todos los sectores económicos, que hayan realizado o realicen inversiones en la Provincia del Neuquén durante el año 2022.
Pueden acceder todas las empresas neuquinas (MiPyMEs y grandes empresas) y no neuquinas (exclusivamente MiPyMEs) de los sectores económicos alcanzados.
“Empresas neuquinas” son aquellas personas humanas o jurídicas con domicilio fiscal en la Provincia del Neuquén, y aquellas que, sin tener dicho domicilio en la provincia, presentan un coeficiente de distribución de la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos igual o superior al sesenta por ciento (60%) en la provincia.
Consiste en un bono de crédito fiscal para la cancelación de impuestos provinciales por hasta un 20% de las inversiones que realicen dentro de la Provincia del Neuquén.
Esquema general de cálculo del beneficio:Quince por ciento (15%) de la inversión: En aquellos casos que las inversiones las realicen empresas neuquinas, en una operación con proveedor neuquino.
Doce por ciento (12%) de la inversión: En aquellos casos que las inversiones las realicen empresas no neuquinas, en una operación con proveedor neuquino.
Ocho por ciento (8%) de la inversión: En aquellos casos que las inversiones las realicen empresas neuquinas, en una operación con proveedor no neuquino.
Cinco por ciento (5%) de la inversión: En aquellos casos que las inversiones las realicen empresas no neuquinas, en una operación con proveedor no neuquino.
Para las actividades detalladas a continuación, se contempla un esquema especial de cálculo del beneficio, pudiendo obtener un bono de crédito fiscal por hasta un 20% de las inversiones. Este esquema se aplica independientemente de la condición de la empresa que solicita el beneficio (neuquina/ no neuquina).
Por tipo de actividad: Empresas de los sectores turístico, agroindustrial, infotecnología y de economías del conocimiento.
Por localización de la inversión: Empresas radicadas en Parques Industriales.
Por destino de la inversión: Empresas que realicen inversiones verdes y/o en energías renovables, así como inversiones destinadas a procesos de digitalización y/o automatización.
Empresas lideradas por / de propiedad de mujeres. Se considerarán como tal aquellas donde al menos el 50% de la propiedad sea de mujeres, o bien aquellas donde al menos el 25% de la propiedad sea de mujeres y al menos una posición de toma de decisiones la ocupe una mujer.
Inversiones en flota liviana cero km: hasta un 10% de la inversión para operaciones con proveedores neuquinos, con un monto máximo de de beneficio por unidad de $500.000
El beneficio a obtener en términos de crédito fiscal podrá ser de hasta:
20 millones de pesos para MIPyMES
30 millones de pesos para grandes empresas
a. Bienes muebles (tangibles e intangibles), afectados como bienes de uso a las actividades habituales de la empresa.
b. Obras civiles y de infraestructura, afectados como bienes de uso, que impliquen un incremento directo en la capacidad productiva, de servicios y/u operativa de la empresa, pudiendo ser obra civil nueva o ampliación de una obra existente.
Se consideran las inversiones realizadas desde el 01/01/2022 al 31/12/2022. Se consideran comprobantes con fecha 2022.
Se podrá cancelar:
Ingresos Brutos
Sellos
Inmobiliario
Cuotas no vencidas de planes de facilidades de pago efectivizados hasta la fecha de entrada en vigencia del presente Programa"
Los certificados de Crédito Fiscal obtenidos bajo el presente Programa podrán utilizarse para la cancelación de impuestos provinciales hasta el 31/12/2027.
La gestión será íntegramente online, enviando la documentación solicitada en los pasos 1 y 2 detallados a continuación, a la casilla de correo creditofiscal@adeneu.com.ar indicando en el asunto del mismo la Razón Social de la Empresa, CUIT e identificando de manera individual cada documento. Indicaciones presentación solicitudes
Marco ReglamentarioPara adherir al presente Programa, las empresas beneficiarias deberán presentar:
En ocasión de las inversiones realizadas, las empresas beneficiarias deberán presentar, en virtud del tipo de inversión, la siguiente documentación:
I) Para el caso de inversiones en adquisición de bienes muebles amortizables (tangibles e intangibles):
II) Para el caso de inversiones en obras civiles e infraestructura, afectados como bienes de uso, se deberá presentar:
La Autoridad de Aplicación consultará la situación fiscal del contribuyente en la Dirección Provincial de Rentas, que debe estar sin deuda al momento de certificar las inversiones.
En cada presentación realizada la empresa beneficiaria deberá presentar factura/s de inversiones cuyos montos totalicen, de manera consolidada o individual, un mínimo de $200.000 (pesos doscientos mil) para el casos de MIPyMEs, y de $1.000.000 (pesos un millón) para el caso de grandes empresas.